Fungir como enlace y coordinar las actividades de la Visitaduría General, el Consejo, Áreas y Comités de apoyo previstas en los artículos 17 fracción III, apartado A y 18 de este Reglamento.
Presentar a la persona titular de la Presidencia el proyecto de acta de las sesiones ordinarias o extraordinarias, así como las minutas de las sesiones de trabajo que celebre el Consejo Consultivo.
Remitir oportunamente a los consejeros los citatorios físicos o electrónicos, órdenes del día, informes y material indispensable para realizar las sesiones ordinarias o extraordinarias, según corresponda; así como dar seguimiento a los acuerdos emitidos.
Recopilar de la Visitaduría General la información que se genere respecto de la recepción de solicitudes y escritos de quejas, orientaciones, notificaciones, participaciones como observadores, su
actuación en las conciliaciones y quejas ante las autoridades correspondientes, los tipos de violación y las causas de conclusión de los expedientes de queja, oficios de especificaciones de mejora,
exhortos y demás información relacionada con las funciones de la Comisión;
Firmar con la persona titular de la Presidencia los acuerdos y conclusiones que emita, así como los que señale el Reglamento y los que proponga la Visitaduría General;