• Av. Arquitectos 27 Loma Bonita 90090 Tlaxcala.

Convocatoria para elegir al Comité Técnico de Consulta que representarán a las personas con discapacidad en el Mecanismo de Monitoreo Estatal de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Tomando en consideración el exhorto de la secretaria de Relaciones Exteriores a la Comisión Nacional de Derechos humanos, así como a los Organismos defensores de Derechos Humanos de los 32 estados de fecha 21 de febrero de 2011, mediante el cual se invita a construir un Mecanismo Nacional y estatales de Monitoreo de la Convención sobre los Derechos Humanos de las Personas con discapacidad (MMECDPD).

En virtud de lo anterior, la Comisión Estatal de Derechos Humanos Tlaxcala, con fundamento en el artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos, en relación con el artículo 33, párrafo 2 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en su carácter de responsable del MMECDPD, impulsará un proceso para la elección de las organizaciones de la sociedad civil que representarán a las personas con discapacidad, en el mecanismo en comento.

Promover y difundir la implementación del Mecanismo de Monitoreo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad entre las organizaciones de la sociedad civil y en general a las personas interesadas en velar por el cumplimiento de las obligaciones adquiridas por el estado mexicano, con la finalidad de proponer y generar estrategias puntuales que garanticen los derechos de las personas con discapacidad en Tlaxcala, que contribuyan a una estructura de alcance nacional en colaboración con los 32 Organismos Públicos de Derechos Humanos en cada entidad.

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad establece que la sociedad civil y de manera específica las personas con discapacidad y las organizaciones que las representan, participarán plenamente en todos los niveles del proceso de seguimiento, incluyendo la elaboración y aplicación de políticas, programas y legislación para observar el cumplimiento de la Convención, en concordancia con el artículo 4 de dicho instrumento internacional.

El 3 de diciembre de 2015 se dio a conocer oficialmente la estrategia de conformación y fortalecimiento del Mecanismo Nacional de Monitoreo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, a través de la CNDH.

Con fecha 17 de junio de 2016, se firmó Convenio Marco de Colaboración entre la CNDH y distintos Organismos Públicos de Derechos Humanos de la República Mexicana, donde se estableció como objetivo la colaboración amplia para efectos de materializar los esfuerzos de los Mecanismos Independientes de Monitoreo Nacional y Estatales, respectivamente, de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

LA COMISIÓN ESTATAL DE LOS DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE TLAXCALA

CONVOCA

Con fundamento en los artículo 3 y 9 de la Reglas de Operación del Mecanismo Estatal de Monitoreo de los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad, a especialistas, investigadores, académicos, profesionales en medicina, derecho, psicología, sociología, trabajo social, y otras áreas interesadas en la defensa de los derechos de las personas con discapacidad y su inclusión en la sociedad así como a representantes de organizaciones de la sociedad civil y otras personas con calificación técnica, para formar parte del Comité Técnico de Consulta del Mecanismo Estatal de Monitoreo de los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad, mismo que será el encargado de emitir las opiniones necesarias para coadyuvar con la solución de los asuntos relacionados con el objeto del Monitoreo que se planteen al Comité General, que se llevarán a cabo en la forma y fechas que se especifican en las siguientes

BASES

1. El Comité será constituido por un cuerpo Colegiado Integrado por 5 (cinco) miembros, de los cuales 3 (tres) serán parte de organizaciones de la Sociedad Civil, 1 (uno) experto en la materia de discapacidad y 1 (uno) experto en Derechos Humanos.
2. Los tres miembros de organizaciones de la Sociedad Civil deberán cumplir con los siguientes requisitos:
  1. Preferentemente pertenecer a Redes o Confederaciones de Organizaciones de Personas con Discapacidad y/o entidades enfocadas a la defensa de las personas con discapacidad y su inclusión social;
  2. Representar al menos una de las condiciones que generan discapacidad, a saber:
    -Motriz
    -Auditiva
    -Visual
    -Cognitivo
    -Intelectual y
    –Psicosocial.
  3. Tener por lo menos 3 (tres) años de haberse constituido como persona moral, y
3. El integrante experto en la materia de discapacidad y el experto en Derechos Humanos, deberán reunir la totalidad de los siguientes requisitos:
  1. Ser especialistas en Derechos Humanos o Discapacidad, según sea el caso;
  2. Tener obra escrita sobre el tema
  3. Tener grado de Especialista, Maestro o Doctor por una institución académica de reconocido prestigio, ya sea nacional o extranjera, en áreas afines a la presente convocatoria, y
  4. Gozar de buena reputación.
4. Está expresamente prohibido postularse como miembro de alguna organización de la Sociedad Civil y experto al mismo tiempo, de descubrirse lo anterior, el candidato será descalificado de manera inmediata.
5. Ninguna de las personas que se postulen podrá ser servidor público en activo, ni militante de algún partido político en activo, salvo que a la fecha de postulación comprueben llevar un año de haber concluido sus funciones en la dependencia gubernamental o partido político.
6. Podrá postularse para ser parte del monitoreo una persona fisica que radique en el Estado de Tlaxcala que acredite con cualquier medio aprobatorio su experiencia en la atención, promoción, acompañamiento o defensa de personas con discapacidad. Con la finalidad de emitir opiniones técnicas coadyuvantes.

PROCESO DE SELECCIÓN

I. Los interesados deberán presentar los documentos que acrediten los requisitos solicitados en la Dirección de Programas Atención a la Sociedad Civil sito en Avenida Arquitectos número 27, Colonia Loma Bonita Tlaxcala, del 10 de diciembre de 2022 al 10 de febrero de 2023, de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 17:00 horas.
II. Los interesados en postularse como integrantes del Comité Técnico de Consulta del Mecanismo Estatal de Monitoreo de los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad, deberán llenar el Formato de “Registro de Candidatos a integrar el Comité Técnico de Consulta”, disponible en el siguiente enlace https://cedhtlax.org.mx/form_con
III. Una vez cerrada la convocatoria, la Secretaría del Mecanismo Estatal de Monitoreo de los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad, procederá a la revisión de los expedientes de las personas que se hayan postulado del periodo del 11 al 20 de febrero de 2023.
IV. Una vez revisado los expedientes, remitirá al Comité General del mismo a efecto de que sus integrantes procedan al estudio y emisión de su voto para seleccionar a quienes integren el Comité Técnico de Consulta, publicando los resultados el 24 de febrero de 2023.

PRESENTACIÓN DE RESULTADOS

Además de la publicación de los resultados del proceso de elección de candidatos a integrar el Comité Técnico de Consulta del MMECDPD en la página oficial de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Tlaxcala; así mismo se realizará la presentación y la toma de protesta a quienes sean electos en las instalaciones que ocupa la CEDHT, sitio avenida Arquitectos número 27, colonia Loma Bonita, Tlaxcala.

TRANSPARENCIA Y DATOS PERSONALES

La información presentada, exhibida y/o utilizada por los participantes, estará sujeta a lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

RESOLUCIÓN DE CASOS NO PREVISTOS

Los casos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos en definitiva por los servidores públicos que al efecto designen el Titular de la Comisión de Defensa de los Derechos Humanos para el Estado de Tlaxcala.